Confeccionar y autorizar instrumentos públicos que documenten
actos, negocios jurídicos y hechos. Asesorar en materia notarial e instrumental con la
formulación en su caso de dictámenes orales y escritos. Redactar documentos
privados.
Confeccionar y realizar el estudio de títulos dominales inmobiliarios. Efectuar
tramitaciones ante organismos nacionales, provinciales, y municipales, incluso las
vinculadas con la inscripción de los documentos notariales en los registros públicos.
Ejercer las demás funciones que la ley le atribuya.